domingo, 9 de abril de 2017

Derechos digitales

Para un trabajo sobre metodología hice una exploración etnográfica virtual sobre lo qué se dice en México de los derechos digitales. Hice un seguimiento, clasificación y un corto análisis de lo que encontré con el #derechosdigitales de mayo 2016 a Marzo 2017. 
Mi selección fue en tres redes sociales: Facebook, Twitter y Youtube. 
Dejo aquí parte de mi apartado de conclusiones, porque me parece importante no perderlo de vista. 

A través de este ejercicio etnográfico, es posible dar cuenta de algunas premisas sobre el tratamiento del tema de los derechos digitales en los entornos virtuales.
            Los derechos digitales en el contexto actual son necesarios para entender la forma en que las acciones que se realizan en Internet afectan de diversas maneras a los usuarios y atentan contra principios y libertades fundamentales.
            El origen y destino de los datos en la red no sólo tienen implicaciones técnicas, sino que se pueden ver involucrados en procesos que trastocan lo privado y como advierte Pérez (2016) “la privacidad de los usuarios constituye una variable fundamental en tales procesos, en virtud de los riesgos que implican tanto por posibles ataques informáticos que puedan ocasionar un perjuicio patrimonial, como en función de la representación de los sujetos en los espacios virtuales” (p. 33).
            Por otro lado, la diversidad de la conceptualización de los derechos digitales, se complejiza con la aparición de nuevas plataformas y sus políticas de uso; pero también por las políticas públicas aplicadas en diferentes contextos. Como lo explicita la parte sobre el TPP, existen acuerdos de carácter internacional que permiten el uso transfronterizo de datos y que trasladan las legislaciones locales a un segundo plano que alejan al sujeto de la toma de decisiones de manera directa.
            Pero también se analizan estos discursos que van directamente a las acciones que irrumpen la libertad de manera más evidente (o violenta) como lo es el ciberacoso, el chantaje o el discurso de odio, de manera que atacan a otros derechos en nuevos entornos y cuya principal intención práctica es la propagación de recursos que además de visibilizar propongan soluciones más estratégicas y desde el propio sujeto.
            Se encuentra dentro de los discursos voces disidentes y de oposición que refuerzan la idea de visibilizar los derechos digitales como una necesidad para abonar al entendimiento sobre la importancia y el impacto que tienen los DD en las personas usuarias y sus acciones comunes.
            Aunado a esto, es posible establecer una relación entre los usuarios con  competencias digitales y la sociedad del conocimiento, debido a que como se menciona, los derechos digitales hacen alusión a derechos fundamentales, que se ven constreñidos en los entornos digitales y que siendo un tema con principios jurídicos, ponen en evidencia la transversalidad de los asuntos sociales, culturales, económicos y políticos.        
            De manera que el planteamiento apunta a propuesta eficiente, eficaz y que se apegue a los derechos humanos pero que a la vez tome en cuenta los espacios desde donde se producen y reproducen las prácticas que atacan estos derechos.
            Por otro lado, aunque no se tiene como objetivo hacer una distinción sobre los usuarios que se encuentran excluidos/ marginados de los artefactos y las lógicas tecnológicas frente a los que se encuentran integrados a estas estructuras de poder tecnológicas, esta etnografía arroja como resultado que quienes generan prácticas online sobre derechos digitales, son principalmente organizaciones no gubernamentales que denotan una preocupación o incluso tienen cierta incidencia (y postura) sobre el tema.
            Lo que permite inferir un discurso no pronunciado pero si evidente sobre el papel de los difusores de  los derechos digitales que fungen como agentes a partir de tener, por un lado cierto grado de conocimiento que denota a un sector de usuarios privilegiados y, por el otro, interés particular en que otros usuarios estén informados.
            En este sentido, es importante entender que a través las prácticas digitales se puede cuestionar y contribuir no sólo a una dinámica proactiva sino que la agencia puede abonar al desarrollo; de manera que sea posible proponer nuevas modalidades de entendimiento coyuntural entre la tecnología  y desarrollo.
            Tufte y Enhgel (2009) advierten que para el cambio social, es necesaria una mirada crítica en relación con la agencia, no sólo frente al acceso o al uso de los medios, sino que también a las nuevas desigualdades y formas de exclusión o desconexiones sociales.

            Esta exploración sirve entonces, como un base para identificar en  el discurso y la praxis elementos desde los cuáles se configuran las lógicas de acción situadas desde la perspectiva de TIC para el desarrollo y señalan cómo los derechos digitales y su difusión son parte de los imaginarios sobre el desarrollo que se genera alrededor de estas formas sociales de agencia.